martes, 5 de octubre de 2010

la justicia en el estado

Licenciado en educación.
Materia: Teoría de la educación
Tema: la justicia en el estado
Alumna: Yendi Zulema Cruz Rodríguez
Bibliografía:
  1 Bowen, J. Hobson (1996) “Teorías de la Educación “ Ed. Limusa. Noruega editores,            México.pp49-51
2 Diccionario de las ciencias de la educación.
3 Raúl Gutiérrez Sáenz (1998) “Introducción a la Lógica” Ed. Esfinge, México.
4 Palacios J (1999) La cuestión escolar, Ed. Laia, México.
5 Paula Polk Lillard (1984) Un enfoque moderno al método Montessori, Ed. Diana, México.
Resumen
                                            La justicia en el estado
Tras considerar los principios de selección de los futuros guardianes, el dialogo pasa a tratar de asuntos generales de organización social  y señala los que deberían ser objeto de legislación para saberlo se enlistan cuatro virtudes del estado que son: prudencia, valor, temperancia y justicia.
La prudencia es la cualidad que distingue a los guardianes, mientras que la valentía de los auxiliares y la temperancia que existe en la sociedad en general se debe a que cada una de las clases acepta su papel particular en el plan general, así como el derecho de los guardianes a ser gobernantes.
 Los filósofos llegaron a un acuerdo en que su república tiene valores, pero les hace falta saber que completa su virtud y descubrieron que, “la virtud es la justicia” en cualquier individuo.
Y también que cada ciudadano debe tener un solo empleo, aquel que  al nacer con mas disposición, la justicia consiste en ocuparse únicamente de los propios asuntos, sin intervenir para nada en los ajenos, y que la justicia consiste en que cada cual haga lo que tiene que hacer.
La justicia asegura a cada cual la posesión de aquello que le pertenece y el libre ejercicio del empleo que le conviene, un ejemplo seria que si el carpintero se ingiere en el oficio del zapatero, o el zapatero en el del carpintero; y hacen intercambio de sus herramientas y del salario que reciben, o si el mismo hombre ejerce ambos oficios ala vez no afectaría ningún daño ala sociedad, otro caso en que si afecte a la sociedad seria el caso guerrero haga un intercambio con un magistrado ahí si afectaría el orden social porque el guerrero no tiene la capacidad suficiente como magistrado o al revés.
Así pues por lo tanto cada individuo que tiene un oficio al cual le corresponda y le acomode no debe intervenir en el oficio de otra persona para que la justicia sea justa en ambas personas.




Análisis
Lo que acabo de escribir no dice mas que sobre una justicia justa, desde entonces ya se hablaba de los limites que existen en cada sociedad, que cada persona debe de atender sus propios oficios sin altera los de los demás es como dice un dicho que comúnmente lo decimos “el que tenga tienda que la atienda si no que la desatienda” o para a los que no les quedaron claro un dicho mas justo seria “zapatero en sus zapatos”, es por ese motivo que como los tiempos de hoy debemos tomar en cuenta que no debemos tener roles que no nos quedan, debemos respetar si queremos que nos respeten.




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